Miércoles, 29 de Noviembre 202311:07:am

FORMULARIO DECLARACIÓN JURADA TABLA DE VALORES REFERENCIALES
Formato DJ. IMP. Vehicular - Llenado Anexo_TVR_2015
Formato DJ. IMP. Vehicular Anexo_TVR_2016

Anexo_TVR_2017
Anexo_TVR_2018
Anexo_TVR_2019
Anexo_TVR_2020
Anexo_TVR_2021
Anexo_TVR_2022

¿QUÉ ES EL IMPUESTO VEHICULAR?

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, bus y ómnibus.

 

¿QUIÉN PAGA EL IMPUESTO VEHICULAR?

Está obligado al pago el propietario del vehículo al 1 de enero de cada año, en el que el vehículo deba tributar.

 

¿CUÁL ES LA TASA DEL IMPUESTO VEHICULAR?

La tasa del impuesto es el 1% de la base imponible.

En ningún caso, el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto.

La base imponible del impuesto está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del vehículo.

 

¿CUÁNTO TIEMPO TIENE EL PROPIETARIO PARA DECLARAR EL VEHÍCULO?

Si adquiere un vehículo nuevo (del año, de concesionaria) tiene 30 días calendario posterior a la fecha de adquisición para declararlo.

De tratarse de transferencia de vehículo usado (segundo propietario) tiene hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición.

De no realizar esta declaración, se le generará una multa por declarar fuera de plazo.

 

¿CUÁNTOS AÑOS SE PAGA EL IMPUESTO VEHICULAR?

Debe ser pagado durante 3 años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, bus y ómnibus.

 

PREGUNTAS FRECUENTES

Compré un vehículo nuevo (00 Km) ¿Qué tengo que hacer para declararlo?

Si su domicilio fiscal está ubicado dentro de la provincia de FERREÑAFE, debe presentar su tramite de inscripcion ante la Municipalidad Provincial de Ferreñafe. El plazo límite para presentar su declaración jurada vehicular es hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente de la adquisición. Los requisitos se encuentran establecidos en el TUPA .

• Tarjeta de propiedad (copia simple)

• Factura de compra, contrato de compraventa o póliza de importación, o documento que certifique la adquisición del vehículo (copia simple)

• Recibo de agua o luz (copia simple)

• La inscripción para el caso de persona Jurídica debe realizarla el Representante Legal de la misma, en caso que otra persona realice el trámite, deberá acreditarse con una carta poder firmada por el Representante Legal debidamente legalizada por Notario o autenticada por fedatario. Adicionalmente debe llevar la ficha RUC de la Empresa.

 

¿SI MI VEHÍCULO TUVO PRIMERA INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS EN EL AÑO 2019 Y LO VENDO EN FEBRERO DEL AÑO 2021, POR QUÉ TENGO QUE PAGAR TODO EL EJERCICIO FISCAL 2021?

Como contribuyente del Impuesto al Patrimonio Vehicular le corresponde cancelar los ejercicios fiscal 2020, 2021 y 2022; sin embargo al venderlo se encuentra obligado a cancelar el año de la transferencia; es decir 2021, por ser el impuesto de periodicidad anual. Asimismo es obligación del contribuyente (vendedor) presentar su declaración jurada por la transferencia del vehículo, manteniendo como plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de producido el hecho.

 

¿QUÉ DEBO HACER SI TRANSFIERO O VENDO UN VEHÍCULO AFECTO?

Deberá presentar una declaración jurada de descargo de la propiedad vehicular. El plazo vence el último día hábil de mes siguiente de producida la transferencia. De esta manera, la Gerencia de Tributación Municipal no emitirá más documentos por deuda de ejercicios posteriores al de la transferencia a su nombre.

 

Asimismo, está obligado al pago total del impuesto del año en que transfiere el vehículo. Tiene plazo para cancelar el impuesto que le corresponde hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.

¿Qué es el impuesto vehicular?

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, bus y ómnibus.

 

¿Quién paga el impuesto vehicular?

Está obligado al pago el propietario del vehículo al 1 de enero de cada año, en el que el vehículo deba tributar.

 

¿Cuál es la tasa del impuesto vehicular?

La tasa del impuesto es el 1% de la base imponible.


En ningún caso, el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto.


La base imponible del impuesto está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del vehículo.

 

¿Cuánto tiempo tiene el propietario para declarar el vehículo?

Si adquiere un vehículo nuevo (del año, de concesionaria) tiene 30 días calendario posterior a la fecha de adquisición para declararlo.


De tratarse de transferencia de vehículo usado (segundo propietario) tiene hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición.


De no realizar esta declaración, se le generará una multa por declarar fuera de plazo.

 

¿Cuántos años se paga el impuesto vehicular?

Debe ser pagado durante 3 años, contados a partir del año siguiente al que se realizó la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, station wagons, camiones, bus y ómnibus.

 

Preguntas frecuentes

Compré un vehículo nuevo (00 Km) ¿Qué tengo que hacer para declararlo?

 

Si su domicilio fiscal está ubicado dentro de la provincia de FERREÑAFE, debe presentar su tramite de inscripcion ante la Municipalidad Provincial de Ferreñafe. El plazo límite para presentar su declaración jurada vehicular es hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente de la adquisición. Los requisitos se encuentran establecidos en el TUPA .


• Tarjeta de propiedad (copia simple)


• Factura de compra, contrato de compraventa o póliza de importación, o documento que certifique la adquisición del vehículo (copia simple)


• Recibo de agua o luz (copia simple)


• La inscripción para el caso de persona Jurídica debe realizarla el Representante Legal de la misma, en caso que otra persona realice el trámite, deberá acreditarse con una carta poder firmada por el Representante Legal debidamente legalizada por Notario o autenticada por fedatario. Adicionalmente debe llevar la ficha RUC de la Empresa.

 

 

¿SI MI VEHÍCULO TUVO PRIMERA INSCRIPCIÓN EN REGISTROS PÚBLICOS EN EL AÑO 2019 Y LO VENDO EN FEBRERO DEL AÑO 2021, POR QUÉ TENGO QUE PAGAR TODO EL EJERCICIO FISCAL 2021?


Como contribuyente del Impuesto al Patrimonio Vehicular le corresponde cancelar los ejercicios fiscal 2020, 2021 y 2022; sin embargo al venderlo se encuentra obligado a cancelar el año de la transferencia; es decir 2021, por ser el impuesto de periodicidad anual. Asimismo es obligación del contribuyente (vendedor) presentar su declaración jurada por la transferencia del vehículo, manteniendo como plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de producido el hecho.

 

¿QUÉ DEBO HACER SI TRANSFIERO O VENDO UN VEHÍCULO AFECTO?

Deberá presentar una declaración jurada de descargo de la propiedad vehicular. El plazo vence el último día hábil de mes siguiente de producida la transferencia. De esta manera, la Gerencia de Tributación Municipal no emitirá más documentos por deuda de ejercicios posteriores al de la transferencia a su nombre.


Asimismo, está obligado al pago total del impuesto del año en que transfiere el vehículo. Tiene plazo para cancelar el impuesto que le corresponde hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.